Ley Nº 12.086 - Ley de adjudicación de tierras a comunidades aborígenes.
Mediante la presente Ley se autoriza al Poder Ejecutivo a restituir, bajo la forma jurídica de adjudicación que corresponda, a las Comunidades Aborígenes nucleadas por la Organización de Comunidades Aborígenes de Santa Fe (OCASTAFE) y otras comunidades de la Provincia, tierras fiscales. La adjudicación reviste el carácter de reparación histórica a favor de los pueblos originarios y preexistentes a la Nación (art 2º). Las adjudicaciones se realizarán de manera gratuita y libre de ocupantes, en forma comunitaria o individual, según el interés de cada grupo o comunidad (art. 3º).