Ley Nº 41 - Ley General de Ambiente. Texto refundido.
La presente Ley establece que la administración del ambiente es una obligación del Estado y, por lo tanto, define los principios y normas básicas para la protección, conservación y recuperación del ambiente, promoviendo el uso sostenible de los recursos naturales. Además, ordena la gestión ambiental y la integra a los objetivos sociales y económicos, a efecto de lograr el desarrollo humano sostenible en el país.