Decreto Nº 1.866 - Reglamenta la Ley Nº 160 de 1994, en lo relacionado con la adjudicación de terrenos desecados a campesinos o pescadores.
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El presente Decreto dispone que para que se pueda proceder a la adjudicación de terrenos desecados a campesinos o pescadores en los casos a que se refiere la Ley 160 de 1994, es preciso que la desecación se haya producido por retiro de las aguas, ocurrido por causas naturales, y que tal retiro haya sido definitivo e irreversible y que se haya delimitado la franja protectora del respectivo cuerpo de agua.
Implementa: Ley Nº 160 - Crea el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino, establece un subsidio y reforma el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (INCORA). (1994-08-03)
Enmendado por: Decreto Nº 1076 - Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible. (2015-05-26)
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