Decreto Nº 147/2002 - Desarrolla la Ley Nº 6/1997, Ley del Suelo Rústico de las Islas Baleares.
La presente Ley desarrolla la Ley del suelo Rústico de las Illes Balears, en relación con las actividades vinculadas con el destino y naturaleza de las fincas y el régimen de unidades mínimas de cultivo, así como la determinación de la unidad mínima de cultivo en el ámbito territorial mencionado.
Implementa: Ley Nº 6/1997 - Ley del Suelo Rústico de las Islas Baleares. (1997-07-08)
Enmendado por: Ley Nº 12/2014 - Ley agraria de las Illes Balears. (2014-12-16)