Decreto Supremo Nº 037/99/AG - Procedimientos de adjudicación de tierras rústicas y eriazas ubicadas en zonas de selva y ceja de selva se solicitará opinión del INRENA.
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LEX-FAOC018314
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El Decreto, que consta de 1 articulo, dispone que en los procedimientos de adjudicación de tierras rústicas y eriazas ubicadas en zona de selva y de ceja de selva, la dependencia del Ministerio de Agricultura encargada del programa de formalización de la propiedad rural, previamente a la adjudicación de la resolución de adjudicación correspondiente, solicitara la opinión del Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), que indicara que las tierras materia de regularización se encuentra comprendida o no dentro de áreas naturales protegidas o de recursos forestales.
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