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Biblioteca Acuerdo Nº 30 - Reglamento Operativo del Sistema de Apoyos Económicos para el Programa Nacional de Vivienda Social.

Acuerdo Nº 30 - Reglamento Operativo del Sistema de Apoyos Económicos para el Programa Nacional de Vivienda Social.

Acuerdo Nº 30 - Reglamento Operativo del Sistema de Apoyos Económicos para el Programa Nacional de Vivienda Social.

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Resource Language
ISBN / Resource ID
LEX-FAOC155351
License of the resource

El presente Acuerdo expide el Reglamento Operativo del Sistema de Apoyos Económicos (SAV) para el Programa Nacional de Vivienda Social, que tiene como objetivo facilitar a los hogares ecuatorianos de bajos ingresos y vulnerables, situados en cualquier parte del país, el acceso a una vivienda en condiciones de habitabilidad y servicios básicos, indispensables para una vida digna. El SAV es un sistema integral de ámbito nacional, que permite la gestión y control del Programa Nacional de Vivienda Social.El SAV interviene en los siguientes ámbitos: 1) Urbano, en el cual el apoyo económico está destinado a adquirir una vivienda nueva, construir una vivienda en terreno propio o mejorar una vivienda existente; 2) Rural y urbano marginal, en el cual el apoyo económico es destinado a construir una vivienda en terreno propio o mejorar una vivienda existente. En casos excepcionales se otorgará un apoyo económico complementario exclusivamente para la conexión del agua para consumo humano a la vivienda rural. Las viviendas que se construyan con el apoyo económico para vivienda urbana, rural o urbano marginal, expresamente se califican como viviendas de interés social, por lo tanto les son aplicables las exoneraciones tributarias previstas en la Ley de Desarrollo de Vivienda de Interés Social.El Reglamento Operativo establece las condiciones generales de elegibilidad del terreno, disponiendo que no serán elegibles los terrenos que estén asentados en zonas objetadas en los certificados de intersección emitidos por el Ministerio del Ambiente o en el certificado emitido por la Secretaría de Gestión de Riesgos, terrenos o inmuebles sin factibilidad de servicios básicos de infraestructura o que se ubiquen en sectores no autorizados por la municipalidad para la implantación de vivienda, invasiones o asentamientos clandestinos, áreas de reserva ecológica o zonas de alto riesgo.

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