Ley de expropiación por causa de utilidad pública.
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LEX-FAOC143749
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Esta ley señala las causas que se consideran de utilidad pública y que pueden constituir fundamento para proceder a la expropiación, ocupación temporal o de dominio de los bienes de particulares. Se regula el procedimiento administrativo correspondiente, se definen las autoridades competentes para tramitarlo y se establece el derecho que tienen los particulares de interponer el recurso de revocación contra la declaratoria respectiva. Asimismo se reconoce y regula el derecho de reversión que el particular afectado tiene, en caso que el bien no sea empleado en el fin para el que fue expropiado u ocupado.
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