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La presente Ley tiene por objeto establecer los mecanismos para retribuir a los núcleos agrarios y pequeños productores del Suelo de Conservación (correspondiente a la clasificación establecida en la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal) por la protección, conservación o ampliación de los servicios ambientales que brindan a todos los habitantes del Distrito Federal, así como para la realización de actividades productivas vinculadas al desarrollo rural, equitativo y sustentable, acordes con la Ley Ambiental y el Programa General de Ordenamiento Ecológico del Distrito Federal. El objetivo de estas retribuciones es promover el desarrollo rural y el bienestar social y económico de los mecionados pequeños productores, generando empleo e incrementando sus ingresos, con el fin último de desalentar los cambios en el uso de suelo.