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El presente Decreto define las inhabilidades generales y especiales de los constructores u oferentes de proyectos de vivienda de interés prioritario, con el fin de seleccionar interesados en desarrollar proyectos de vivienda o para adquirir proyectos de vivienda de interés prioritario que no se encuentren incursos en causales de inhabilidad para contratar con el Estado de conformidad con las normas que regulan la contratación estatal ni hayan sido sancionados por incumplimientos contractuales relacionados con la construcción.
Implementa: Ley Nº 1.537 - Normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda. (2012-06-20)
Enmendado por: Decreto Nº 1.077 - Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio. (2015-05-26)