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El presente Acuerdo aprueba el Plan de Manejo del Parque Nacional Yasuní (PNY), como instrumento técnico y de planificación que rige la gestión del área protegida, que contiene los principios, directrices y normas para alcanzar la coexistencia armónica entre el uso racional de los recursos, los bienes y servicios que genera y garantice la conservación de los procesos ecológicos que determinan la funcionalidad de los ecosistemas inmersos en el área protegida. El Plan de Manejo del PNY es el documento rector que guía la gestión del área protegida por parte de la autoridad ambiental, y ha sido concebido como un instrumento de utilidad para todos los actores involucrados en el manejo del área protegida y para quienes el parque representa su hábitat natural y modo de vida. De igual manera, este documento orienta los planes de desarrollo locales y los planes de vida de las nacionalidades indígenas de la zona.El Objetivo General del Plan de Manejo es mantener la integridad ecológica y cultural del PNY promoviendo la participación de los actores involucrados en la protección y uso sostenible de los recursos naturales. Constituyen sus Objetivos Específicos: 1) Gestionar la protección y uso sostenible de los recursos naturales del PNY y su zona de amortiguamiento; 2) Fortalecer el control y vigilancia del área protegida y su zona de amortiguamiento; 3) Fortalecer procesos de participación, comunicación y educación ambiental; 4) Promover y regular la investigación científica del área; 5) Promover y regular el turismo sostenible de acuerdo a la zonificación del parque y las políticas institucionales vigentes.Dentro de su territorio y área de influencia habitan las nacionalidades indígenas Waorani, Kichwa, Shuar y grupos indígenas aislados Tagaeri y Taromenane, además de colonos que han inmigrado desde diferentes lugares del Ecuador. Esta situación hace del PNY un área de gran complejidad que además cuenta con industrias de extracción hidrocarburífera a gran escala. Las oficinas Técnicas del PNY se encuentran ubicadas en la ciudad del Coca, responden a la Dirección Provincial de Orellana como Autoridad Ambiental local y a la Dirección Nacional de Biodiversidad-Subsecretaria de Patrimonio Natural, como Autoridad Nacional en lo referente a las áreas protegidas.El PNY junto a la Zona Intangible Tagaeri-Taromenane (ZITT) y el territorio Waorani, fue declarado Reserva de la Biosfera por la UNESCO en 1989. Dentro de la reserva, el PNY es considerado la zona núcleo, es decir, una zona de protección a largo plazo y que permite conservar la diversidad biológica, vigilar los ecosistemas menos alterados y realizar investigaciones y otras actividades poco perturbadoras, y que como tal tiene características y objetivos de conservación y protección que deben ser respetados por todos actores de la reserva. La zonificación del PNY sirve como herramienta para lograr un manejo adecuado del área, identifica a los diferentes actores que tienen relación directa e indirecta con el parque y define sus áreas de intervención.El Plan de Manejo toma en cuenta: 1) El PNY como área protegida, cuya declaratoria se basa en sus extraordinarios valores naturales, siendo la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de los procesos ecológicos las razones de ser del parque y el objetivo principal de su gestión; 2) Las características únicas del PNY, siendo el PNY el área natural protegida terrestre más grande del Ecuador continental, cuya importancia radica en su biodiversidad, ecosistemas y procesos ecológicos únicos, así como en su característica de ser el territorio ancestral para pueblos indígenas que se encuentran en aislamiento voluntario; 3) La participación e inclusión social, cuyo manejo efectivo no depende exclusivamente del Ministerio del Ambiente (MAE) como autoridad ambiental, sino que requiere la participación activa de otros actores, para minimizar posibles conflictos de uso y competencias, y contar con el apoyo de la sociedad civil, sector público y privado para el cumplimiento de sus funciones; 4) La Reserva de Biósfera Yasuní que tiene como objetivo promover y demostrar una relación equilibrada entre los seres humanos y la biosfera; 5) La operación petrolera dentro del PNY, constituye una realidad innegable e inalterable a corto y mediano plazo, que debe ser manejada de manera técnica y apegada a una sensible realidad ambiental, económica y social de la región y el país en general.
Implementa: Acuerdo Nº 322 - Establece el Parque Nacional Yasuní (PNY). (1979-07-26)