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Library Ley de Gestión Ambiental Sustentable para el Estado de Durango.

Ley de Gestión Ambiental Sustentable para el Estado de Durango.

Ley de Gestión Ambiental Sustentable para el Estado de Durango.

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ISBN / Resource ID
LEX-FAOC138919
License of the resource

De conformidad con las disposiciones establecidas a nivel nacional por la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la presente Ley establece los principios y normas generales en tema de gestión ambiental sustentable en el Estado de Durango. Sus disposiciones, de aplicación en el territorio del Estado de Durango, tienen por objeto: a) asegurar el derecho que toda persona tiene a vivir en un ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar; b) regular la concurrencia del Estado y los Municipios en materia de preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección del ambiente; c) asegurar la preservación y restauración ecológica y el mejoramiento del ambiente en las zonas y bienes de jurisdicción Estatal y Municipal; d) aplicar los principios de política ambiental y los instrumentos para lograr el ordenamiento ecológico estatal y regional; e) definir la coordinación entre diversas dependencias gubernamentales federales, estatales y municipales, así como la participación corresponsable de la sociedad en general; f) regular el establecimiento de áreas naturales protegidas, su administración y el aprovechamiento sustentable que de ahí se genere.El Título Segundo de la Ley, en tema de política estatal ambiental, estable los principios que rigen la gestión ambiental, los cuales contemplan la calidad de vida de las futuras generaciones, el patrimonio de las comunidades indígenas, y el principio por el cual se debe vigilar que quien realice obras o actividades que afecten o puedan afectar el ambiente, estén obligados a prevenir, minimizar o reparar los daños que cause, así como asumir los costos que dicha afectación implique. El Título Cuarto está dedicado a la conservación de la biodiversidad y establece normas en materia de áreas naturales protegidas y su zonificación, parques y reservas nacionales, protección de la flora y fauna silvestres. El Título Quinto, sobre la protección al ambiente, prevé el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (que sean de fuentes naturales o artificiales, fijas o móviles) y dispone en materia de prevención de la contaminación del aire, del agua y del suelo (con normas también sobre la erosión). Por último la Ley establece disposiciones en tema de vigilancia, inspecciones, responsabilidad por daño ambiental y régimen sancionatorio.

Implementa: Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. (2018-01-19)

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