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Por la presente Ley se declara como política pública del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico el desarrollo agrícola, la preservación y protección de los terrenos comprometidos con la Reserva Agrícola de Vega Baja localizada en el Municipio de Vega Baja. Dichos terrenos forman parte del Corredor Agro-Ecológico y son considerados de alto valor agrícola. Asimismo la Ley dispone que la Junta de Planificación, en coordinación el Municipio de Vega Baja, el Departamento de Agricultura y la Autoridad de Tierras de Puerto Rico, deberá llevar a cabo todos los estudios necesarios de las fincas comprendidas dentro de la denominada Reserva Agrícola de Vega Baja, para el ordenamiento de esos terrenos mediante la promulgación y adopción de una Resolución de Zonificación Especial, a los fines de reservar y destinar las fincas en cuestión a la producción y desarrollo agrícola.
Enmendado por: Ley Nº 250 - Para enmendar los incisos (5), (10) y (17); y el primer párrafo del Artículo 5 de la Ley 398 de 2004, Política pública del Gobierno de Puerto Rico para el desarrollo agrícola. (2011-12-16)