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El presente Decreto aprueba el Reglamento para el desarrollo de las disposiciones de la Ley para la fijación de límites territoriales internos, que comprende la georeferenciación de los elementos de linderación en cartografía oficial de las circunscripciones territoriales. El Comité Nacional de Límites Internos es el organismo responsable de la coordinación de la política de modificación de la organización territorial del Estado. Dentro del ámbito de sus competencias y previo requerimiento, el Instituto Geográfico Militar brindará asistencia técnica al Comité Nacional de Límites Internos y a los Gobiernos Autónomos Descentralizados, en materia de: a) cartografía base a diferentes escalas y formatos; b) mapas históricos disponibles que contengan el trazado de límites territoriales; c) informes técnicos geográficos; d) levantamientos topográfico s y aerofotogramétrico a escalas mayores, siempre que el caso amerite; y, e) los demás informes que le sean requeridos, relacionados con los documentos antes mencionados.
Implementa: Ley para la fijación de límites territoriales internos. (2013-04-05)