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La Ley consta de 11 capítulos, 161 artículos y 17 transitorios. INDICE: Disposiciones generales (I); Propiedad agrícola del Estado (II); Banco Nacional de Costa Rica, Departamento de Crédito Rural, Tierras y Colonias; Patrimonio, administración, deberes y atribuciones (III); Parcelación de tierras (IV); Colonización (V); Regulación de conflictos entre propietarios y poseedores en precario (VI); Crédito agrario (VII); Adquisición y expropiación de tierras (VIII); Vivienda rural (IX); Contratos de arrendamiento de tierras y explotaciones forestales de las reservas nacionales y fincas del Estado (X); Disposiciones finales (XI).La presente Ley tiene por objeto: determinar que la propiedad de la tierra se debe promover para el aumento gradual de su productividad y para una justa distribución de su producto; contribuir a la conservación y uso adecuados de las reservas de recursos naturales y renovables; determinar que la tierra no debe utilizarse para la explotación del trabajador agrícola, estimulando la formación de cooperativas agrícolas con el fin de combinar la dignidad de la pequeña propiedad con la eficiencia de la gran empresa; reconocer la legitimidad de la propiedad privada (art. 1º). El Banco Nacional de Costa Rica, por medio de su Departamento de Crédito Rural, Tierras y Colonias, será el organismo del Estado encargado de cumplir con propósitos prescritos por la presente Ley (art. 15).
Implementado por: Acuerdo Nº 4 - Reglamento Autónomo para el Otorgamiento de Arrendamientos en Asentamientos Campesinos. (2011-09-12)
Implementado por: Decreto Nº 39.688/MAG - Reglamento al otorgamiento de concesiones en franjas fronterizas. (2016-04-22)
Enmendado por: Ley Nº 7779 - Ley sobre uso, manejo y conservación de suelos. (1998-04-30)