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El presente Acuerdo establece los procesos metodológicos para la definición de las zonas agroecológicas homogéneas y el cálculo de la Unidad Productiva Familiar (UPF) para las provincias de la Sierra y del Litoral, de conformidad con el Informe Técnico en el cual se establecen 33 Zonas Agroecológicas Homogéneas, y en base a las cuales se delimita la superficie referencial de la UPF de cada zona a nivel cantonal. La Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria deberá monitorear permanentemente y en caso de ser necesario actualizar las medidas de las UPF en las diferentes zonas agroecológicas para que cumplan con lo establecido en el Reglamento de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales.
Implementa: Decreto Nº 1.283 - Reglamento General para la aplicación de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales. (2016-12-16)