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La presente ley tiene por objeto reconocer, preservar y defender los derechos de los pueblos y comunidades indígenas originarios del estado de Jalisco y las personas que los integran, así como establecer las obligaciones de la administración pública estatal y municipal para elevar el nivel de vida de los pueblos y comunidades indígenas, promoviendo su desarrollo a través de los recursos presupuestarios previstos.Cabe destacar el Título Cuarto de la Ley, que está dedicado al patrimonio de los pueblos indígenas. La Ley reconoce de prioridad la protección a la integridad de sus tierras, además de reconocer las prácticas tradicionales para la transmisión de los derechos sobre la tierra entre los miembros de los pueblos indígenas. En cuanto al aprovechamiento sustentable de los recursos naturales por parte de las comunidades indígenas, la Ley impulsa la constitución de fondeo o fideicomisos regionales cuyo objetivo sea otorgar financiamiento y asesoría técnica a dichas comunidades.