Decreto Nº 29.307/MP/J/MIVAH/S/MEIC/TUR - Reglamento para el tramite de visado planos para la construcción de edificaciones en la zona marítimo terrestre.
El presente Reglamento establece los requisitos legales de visado de planos para la construcción de edificaciones en la Zona Marítimo Terrestre. El concesionario podrá construir tierra adentro de la línea de mojones que demarca el límite de la zona pública de la zona marítimo terrestre conforme al plan regulador.
Implementa: Ley Nº 6043 - Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre. (1977-03-02)